En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Se le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente al CONVENIMIENTO efectuado por la parte demandada OFELIA VICTORIA FIGUERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-9.056.340, debidamente asistida por el abogado en ejercicio ALEJANDRO RODRIGUEZ REAL, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 127.090, en su escrito de contestación a la demanda de ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO incoada por la ciudadana CARMEN ROSA NUÑEZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.636.250, con residencia en el Sector 19 de Abril de los Altos de Sucre, Casa s/n, Parroquia Gran Mariscal, Municipio Sucre, representada judicialmente por la abogada en ejerc.....