Por todo lo antes expuestos, éste Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Primero: Sin efecto el decreto que declaró Separados de Cuerpos, a los cónyuges MIGUELANGEL JESUS RIVAS DÍAZ Y MARINELLA MARTÍNEZ QUIJADA, dictado en fecha 18-06.2.012, por este Juzgado.
Segundo: Se da por TERMINADA la causa, que contiene la solicitud de Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento, presentada por los solicitantes, por haber ocurrido entre ellos reconciliación, asimismo, se ordena el archivo del presente expediente.