, este Tribunal SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil Vigente, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente a la TRANSACCIÓN efectuada por los apoderados judiciales de ambas partes en el expediente signado bajo el número 09714, contentivo de juicio que por DAÑOS MATERIALES Y LUCRO CESANTE, DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO sigue el ciudadano HUMBERTO JOSE RANGEL ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.081.558, representado por los abogados en ejercicio LUIS MIGUEL RAVAGO CONDE y EDUARDO UROSA GUARACHE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 75.476 y 124.988, respectivamente, contra los ciudadanos LUIS ELIAS SCARANO SALAMANCA y NIDIA MANOSALVA FREITES, venezolanos mayores de edad, titul.....