En consecuencia, congruentes con todo lo expuesto y visto que no se cumplió a plenitud con uno de los requisitos legales para decretar la medida de embargo solicitada, requisitos estos que son concurrentes y no aislados, este tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del estado Sucre, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley niega la medida de embargo preventivo peticionada. Así se decide.-