Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara PERIMIDA la instancia en la demanda que por DAÑOS MATERIALES Y DAÑO EMERGENTE DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO fue incoada fue incoada MARIO RICARDO RUIZ BRITO, inscrito en el IPSA bajo el Nº 171.596, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano OSCAR DE LA ROSA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.434.002, contra INVERSIONES MORA C.A Y SEGUROS CONSTITUCION C.A.
De conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil no hay condenatoria en costas por la naturaleza del pronunciamiento que se recoge en la presente decisión.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de esta decisión conforme a los artícu.....