este Tribunal admite la reconvención propuesta sólo en relación a quien constituye la parte actora en el presente juicio, esto es, la ciudadana Iraidez Emilia Mendoza, quien debe comparecer por ante este Tribunal, al segundo (2do) día de despacho siguiente a aquel en que conste la última notificación de las partes o de sus apoderados se haga, en las horas comprendidas de 8:30 a.m. a 3:30.p.m., a los fines de que dé contestación a la reconvención planteada en su contra