Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta la Sustitución De La Medida De Semi-libertad por las medidas de libertad Asistida y Reglas de Conducta de manera simultanea, por el lapso de Un (1) Año, Seis (6) meses y Diez (10) Días, debiendo cumplir el Sancionado con las siguientes condiciones: PRIMERO: Asistir al centro socio educativo cada quince (15) días asistir a consulta con el equipo técnico de dicho centro; SEGUNDO: Presentarse cada Quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. TERCERO: No cometer nuevos actos delictivos; CUARTO: No estar fuera de su hogar después de las 09:00 P.m. QUINTO: inscribirte en un centro educativo a los fines de continuar con su educación; la presente decisión correrá inserta a los folios sigui.....