En fecha 28 de Enero del 2.015, compareció ante este Juzgado el demandante ciudadano ALEXANDER JOSE FIGUEROA, asistido del Abogado RODOLFO AVILA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 73.271, quien consigno Constancia Médica Expedida en fecha 19 de Enero del 2.015, por el Dr. ANTONIO MOYA, donde hace constar que el ciudadano ALEXANDER JOSÉ FIGUEROA, titular de la Cédula de Identidad N° 15.883.526, asistió a consulta por presentar Epidimitis Izquierda con dolor al deambular, por lo que ameritó Reposo Médico por 48 horas, tal como consta al folio 31 del expediente., razón por la cuál no asistió al acto de fecha 19 de Enero del 2.015.
En fecha 04 de Febrero del 2.015, este Tribunal ordenó la apertura de una incidencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil y en el lapso probatorio el demandante promovió Constancia Medica expedida por la Dr. ANTONIO MOYA, quien compareció en la oportunidad señalada por el Tribunal con la finalidad de Rat.....