Por las consideraciones antes expuestas, el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECRETA QUE ES PROCEDENTE RATIFICAR LA ORDEN DE CAPTURA; DICTADA EN CONTRA DE JUAN FRANCISCO CUMANA, titular de la cédula de identidad N° 14816076, a quien se le imputa la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en los artículos 458 y 277 del Código Penal, en perjuicio de JHONNY FRANCISCO RIVERO MARTINEZ.