Ahora bien, alegan los presuntos agraviados en su escrito, que el lugar donde ocurren los hechos violados, esta ubicado en la carretera Cariaco-Casanay, sector aguas Calientes, del Municipio Rivero, estado Sucre, el cual no esta comprendido dentro de la Competencia Territorial del Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, con sede en Carúpano, al cual le fue suprimida la competencia que le fuere otorgada a este Juzgado, por lo que atendiendo a lo precedentemente señalado, este Tribunal se declara incompetente para el conocimiento de la causa, en consecuencia, de conformidad con los artículos 28 y 60 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 11 y 29 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y los artículos 259, 49 ord. 5 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declina la competencia a los Tribunales de Juicio del Trabajo de la Circunscr.....