Por los razonamientos anteriormente expuestos esta Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los ciudadanos JOSE AZOCAR RAMOS, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 83.936, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en la presente causa, por una parte, y por la otra, el ciudadano ANGEL DEL VALLE RIOS QUIJADA, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 93.340, actuando en su carácter de apoderado judicial del codemandado MELECIO HENRIQUEZ MERCIET en la presente causa; contra la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha Veinte (20) de Septiembre de 2.005.