declara IMPROCEDENTE, la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de libertad de los acusados: Marelvis del Valle Alcalá, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 13.835,203, residenciado en la Calle Santa Rosa, La Casimba de esta Ciudad, Adrián Alí Márquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 13.772.164, residenciado en el Barrio Santa Rosa, La casimba, detrás del taller Linco de esta Ciudad y Enrique Manuel Figueroa, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.741.364, residenciado en la Calle Santa Rosa, La Casimba de esta Ciudad, que con fundamento a lo establecido en el articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, han solicitado los Abogados ALINA GARCIA y JOSE SANCHEZ, en su carácter de defensores en consecuencia deben mantenerse los referidos acusados, recluidos en la Comandancia General de Policia de esta localidad tal y como lo decreto el Juez de control en su oportunidad