este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al acusado FREDDY MIGUEL RIVERA PONCE, venezolano, natural de Carúpano, de 53 años de edad, cédula de Identidad Nº 5.865.627, fecha de nacimiento: 17-06-1960, de oficio electricista, hijo de Miguel Riveras y Carmen Ponce, y residenciado en Canchunchu Nuevo, sector La Seiba, callejón la Seiba, casa N° 212, Carúpano, Municipio Benítez Estado Sucre, a cumplir al pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el segundo supuesto del único aparte del artículo 376 del Código Penal Venezolano, en relación con el artículo 374 numeral 1 ejusdem, con el agravante del art. 217 de la Ley de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolesce.....