ESTE TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento de admisión de los hechos al acusado MARCOS NUOVO BRACHO, venezolano, de 45 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.180.236, natural de Cumaná, nacido en fecha 15-12-68, hijo de Víctor Nuovo e Hilda Bracho, Soltero, de ocupación comerciante y residenciado en Avenida Universidad al lado de la cámara de Comercio Inversiones Auto Lavado Servicar, Cumana Estado Sucre, a cumplir la pena de DE TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN más las penas accesorias de Ley, por los delitos de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR Y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE ROBO, previstos y sancionados en los artículos 3 y 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio de la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO SUCRE.