Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal del Adolescente administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la libertad sin restricciones del adolescente 11, ampliamente identificado en autos y somete al adolescente 10, quien es venezolano, de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad N°- 0000000, nacido en fechas 20-08-87, soltero, residenciado en Carretera Cumaná – Puerto la Cruz, hijo de Adelaida y Miguel , a las Medidas cautelares contenidas en el artículo 582 literales B y C de la LOPNA, es decir, queda obligado a someterse al cuidado de su representante legal quien deberá informar al Tribunal en caso que el adolescente cometa actos delictivos, quien encontrándose presente en esta sala, se comprometió a cumplir con lo antes mencionado. Igualmente, el adolescente queda obligado a presentarse cada 15 días por ante el Comando de la Guardia Nacional de Santa Fe. Líbrese Bol.....