este Tribunal Cuarto de Juicio Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara sin lugar el pedimento de la defensa y acuerda mantener la medida de coerción personal que pesa sobre los acusados WILLANS ENRIQUE ROJAS MILLAN y JESUS RAFAEL ROSAS CENTENO y así se decide.