Este Juzgado Cuarto de Juicio Constituido en Tribunal Unipersonal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Procede a emitir el fallo correspondiente en el presente caso de conformidad con lo pautado en el artículo 22 del código Orgánico Procesal penal, luego de haber apreciados cada uno de las fuentes probatorias que asistieron al presente debate a través de la inmediación quien aquí decide mantuvo con cada una de ellos, tomando en cuenta las reglas de lógica en cada uno de los testimonios debatidos en el presente juicio; así como los conocimientos científicos y la sana critica, quedó convencida que los hechos fueron probados en el presente juicio, así como la responsabilidad penal del acusado en el hecho punible, en consecuencia se DECLARA CULPABLE AL ACUSADO JULIO CESAR SALAZAR MOSQUEDA, venezolano, de 26 años de edad, de ocupación chofer, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.920.272, nacido el 28-07-1985, soltero, hijo de Ali.....