Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente demanda de DESALOJO, intentada por el ciudadano JOSÉ EUGENIO VARGAS CORNIVEL y en consecuencia condena a la ciudadana MARIELA NAHOMI VARGAS, a desocupar el inmueble ubicado en la Calle Santa Elena, casa s/n de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre; el cual se encuentra totalmente deslindado en el documento de venta acompañado con el libelo de la demanda.-