este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, al ciudadano JESÚS MARÍA GAMBOA GAMBOA, de 30 años de edad, soltero de profesión u oficio agricultura, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.635.245, fecha de nacimiento 03/03/1983, natural y residenciado en la calle Principal, Casa S/n de la comunidad de cacahual Municipio Ribero del Estado Sucre, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente en el mes de diciembre del año dos mil trece (2013).