Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta la Extinción de la Acción Penal, en la presente causa seguida al Ciudadano Luís Rafael Hernández Santoni, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.717.801, de oficio Comerciante, y domiciliado en la Urbanización Curacho Vereda 1 casa No 14, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Graves, previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal y el subsecuente Sobreseimiento de la Causa, seguida en su contra, de conformidad con los artículos 48 numeral 8, en relación al artículo 318 numeral 3º ambos del Código Orgánico Procesal Penal . En virtud que el texto integro de la presente decisión fue dictada en presencia de las partes, .....