este Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE y en consecuencia ABSUELVE a la ciudadana MARIA ELENA CEDEÑO CEDEÑO, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V- 20.064.776; fecha de nacimiento 26/02/1988, de 27 años de edad, estadio civil sotera, de profesión u oficio: ama de casa, natural de cumana, hija de los ciudadanos Elena Cedeño y Francisco Antonio Rondón, residenciada en el Barrio Los Molinos, primera calle, sector los ranchos, casa sin numero, Cumana Estado Sucre, de la comisión de los delitos de SECUESTRO, previsto y sancionado en el articulo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, en perjuicio de la adolescente JEAN CARLY SANCHEZ CARRERO. Dada la decisión absolutoria dictada se acuerda oficiar al Cuerpo de Inve.....