Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley: Decreta la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, en la presente causa seguida al Ciudadano: JOSÉ LUÍS GONZÁLEZ MARTÍNEZ, Quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª: Indocumentado, hijo de José Gregorio González y Marta Josefina Martínez, nacido en fecha: 16-12-1983, oficio: Caletero, de este domicilio, y el subsecuente SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en su contra por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el articulo 472 del Código Penal vigente para la fecha, en perjuicio del ciudadano: OSWALDO JOSÉ MARCANO MILLÁN, por haber operado la prescripción procesal de la misma en base a los artículos 108, ordinal 5° y 110 primer aparte del código penal, .....