este Tribunal Primero de Primera Instancia Fase de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 479 numeral 1, 507 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, se le Redime LA PENA de UN (01) AÑO, DOCE (12) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, a la Penada DAICY DEL CARMEN FAJARDO JIMÉNEZ, venezolana, soltera, nacida en fecha 30 -10-77, de 31 años de edad, de oficio comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-14.126.044, residenciada en el sector 2 de la Urbanización Brasil, al frente de la canal, casa S/Nº, Cumaná, Estado Sucre; quien tiene una Pena Física Cumplida: DOS (02) AÑOS Y VEINTIOCHO (28) DÍAS; 1° Redención (02/09/2011): de UN (01) AÑO, DOCE (12) DÍAS Y DOCE (12) HORAS; Pena Definitiva Cumplida (Física + Redención): TRES (03) AÑOS, UN (01) MES, DIEZ (10).....