este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, en el presente asunto seguido a la ciudadana YRAIZA DEL VALLE SALAZAR, venezolana, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N° 11.966.412, nacido en fecha 27-02-1974, residenciado en Río Caribe, Calle Guasdualito, casa s/n, Municipio Arismendi del Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en la Modalidad de Ocultamiento Agravado, tipificado en el artículo 31, tercer y último aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con el artículo 46 numeral 5 ejusdem, en perjuicio de la Colectividad; Resistencia a la Autoridad, tipificado en el artículo 218 del Código Penal Venezolano,.....