y manifestó al Tribunal que tal y como fue acordado en el acta levantada de fecha 17 de Julio de 2.023, y con la finalidad de dar por terminado el presente juicio, entregó a la parte demandante su cuota parte correspondiente, y estando presente las ciudadanas: CELIA JOSEFINA MIRANDA y FRANCIS DEL CARMEN MIRANDA, co-demandantes en el presente juicio, asistidas por el abogado REYNALDO PEREIRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.474, quien a su vez actúa como apoderado de la ciudadana MIRIAN MIRANDA ROJAS, tal y como consta al Instrumento de Poder que corre inserto al expediente, aceptaron el cumplimiento de lo ofrecido, asimismo el abogado REYNALDO PEREIRA, en representación de la co-demandante MIRIAN MIRANDA ROJAS, se comprometió a recibir la cuota parte que le corresponde a su representada y hacer lo tramites correspondiente para transferirle el monto acordado y una vez realizado la transferencia o deposito, consignaría ante el Tribunal el comprobante respectivo, en virtud .....