Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DECLARA CON LUGAR, la demanda de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, solicitada por el demandante ciudadano OSWALD RAFAEL ARIAS ROMERO, titular de la cedula de identidad n°: 8.648.176, domiciliado en la Urb. Cristóbal Colon, calle 06, casa n° 392, Cumana, estado Sucre a favor de su hijos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ya que la ciudadana OSNAIBYS ELENA ARIAS MARCANO es mayor de edad, en contra de la ciudadana NEYROBES DEL VALLE MARCANO ROJAS, titular de la cédula de identidad N° 11.060.451, domiciliada en el barrio Mamo, sector Rincón Chiquito, casa n° 16, Parroquia Catia La Mar, Estado Vargas a la madre se le fija un régimen de convivencia familiar amplio, en las épocas de asuetos como carnavales, semana santa, navi.....