Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Sala de Juicio del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION de la Instancia en el presente juicio, la ciudadana YERBRAN MARINA MARTINEZ LAREZ venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 19.708.456 domiciliada en el cerro Corea, final calle Páez, Municipio Bermúdez, contra, LUIS ALFREDO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N.- 16.841.368, domiciliado en Caserío Rìo Seco del Charcal Nº 10, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a favor de la niña de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 Ejusdem. Así se decide.-