Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Sala de Juicio del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION de la Instancia en el presente juicio, introducido por JOSE LUIS HIGUEREY BETANCOURT, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N. 6.953.077, domiciliado en calle Principal de Macarapana, Municipio Bermúdez, Asistido por el defensor Pùblico abogada Rafael Izquierdo contra LUISA MAGDALENA YNDRIAGO VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N.- 10.882.331, domiciliada en calle principal, Bodega Los Luises, Queremene, Municipio Andrés Mata , a favor de sus hijos, de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 Ejusdem. Así se decide.-