Este Juzgado atendiendo lo anteriormente expuesto, y como quiera que no hubo reconciliación entre los cónyuges en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSION en DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS de los ciudadanos MARILUZ DEL VALLE MAITA ORTÍZ y ANIBAL JOSÉ BARRETO ASCANIO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.498.977 y V-10.954.104, respectivamente; debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio y de este domicilio ARMANDO LÓPEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 39.926. En consecuencia, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Valentín Valiente del Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha Quince (15) de Noviembre de Dos Mil Tres (2003), y así se decide.