Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley HOMOLOGA la presente transacción y otorga FUERZA DE COSA JUZGADA, ya que es ley entre las partes constituyendo esta acta TITULO EJECUTIVO, en consecuencia, una vez verificado su cancelación en autos, se ordenará el ARCHIVO JUDICIAL del presente expediente. (Subrayado y negrillas de este tribunal). ASI SE ESTABLECE.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. En la ciudad de Cumaná estado Sucre, a los Dos (02) días del mes de Julio del año dos mil veinticinco (2025). Año 215º de la Independencia y 166º de la Federación.
LA JUEZA
ABG. INES MARGARITA GOMEZ GUZMAN