En mérito a lo expuesto este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECRETA MATERIALIZADA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, BAJO CAUCIÓN ECONÓMICA, respecto del Adolescente OMISSIS; en la investigación relacionada con la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES GRAVÍSIMAS, tipificado en el artículo 414 del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio del Ciudadano YASMIL JESÚS TAWIL CAMEJO, venezolano, de veintiún (21) años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 24.437.069, LESIONES GENÉRICAS, tipificado en el artículo 413 ejusdem, en perjuicio del Ciudadano OSCAR SALAZAR, y POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el artículo 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; debiendo el r.....