Por todos los razonamientos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la REPOSICION DE LA CAUSA AL ESTADO DE PRONUNCIARSE SOBRE LA ADMISION O INADMISION DE LA INTERVENCION DE TERCERO SOLICITADA por la ciudadana MAGDALI YRACEMA LOPEZ RODRIGUEZ, debidamente asistida por el abogado en ejercicio LUIS FELIPE OJEDA P., ambos supra identificados, en el juicio que por ACCION REIVINDICATORIA sigue el abogado en ejercicio JUAN ISAIAS MARCANO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil denominada TECNICA AFE, C.A., y representada legalmente por la ciudadana LOURDES MELENDEZ PEREZ, todos supra identificados, contra la solicitante de la tercería, quien está representada judicialmente por los abogados en ejercicio LUIS FELIPE OJEDA PERELLI, JUAN C.....