Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación con Efecto Suspensivo, interpuesto por las Abogadas CARMEN RONDÓN, MARIUSKA GABALDON, GERAR ACUÑA, en su carácter de Fiscales del Ministerio Público, del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en la causa seguida contra la ciudadana EVALUZ ESTHELA SUAREZ (sic) VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, de oficio estudiante y titular de la cédula de identidad número 24.513.281; en razón de haberse decretado en fecha dieciocho (18) de Mayo del año en curso; por parte del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre – Sede Cumaná, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, y en consecuencia la LIBERTAD de la referida imputada, por la presunta comi.....