Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confiere la Ley, en aplicación de lo establecido en el artículo 130 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO única y exclusivamente con relación a la co-demandada, H.M.H. INDESUR C.A., antes identificado. SEGUNDO: Se ordena la continuación del proceso con relación a las empresa co –demandadas;, CONSTRUCTORA P&D 2021 C.A, Y PETROLEOS DE VENEZUELA S.A (P.D.V.S.A) en la fase de sustanciación en la cual se encuentra. Así mismo, se le observa a los ciudadanos: ENRIQUE DEL CARMEN MARTINEZ, BERNARDO ANTONIO RAMIREZ MONTES, Y YUSMELIS DEL VALLE SOBIL DEL CINE, ya identificados, que la consecuencia jurídica aplicada en el caso sub-judice solo extingue la instancia y los.....