Este tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad declara SIN LUGAR la solicitud de libertad interpuesta por la Abogada OMAIRA GUZMÁN, en su carácter de Defensor Privada de los ALEXANDER JOSÉ MARCANO COVA, TAILOR ANTONIO RANGFEL TOVAR y JOEL JOSE CARIACO, y RATIFICA la medida de privación judicial preventiva de libertad, decretada en fecha 13-03-2014, de conformidad con el Art. 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal, por estar presuntamente incurso en el delito de EXTORSIÓN POR RELACIÓN ESPECIAL, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión; en perjuicio del ciudadano JOSÉ LUIS KABBABE.