este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley sobre la base del artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 ordinal 1ero de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor de los ciudadanos JESUS BARDOMERO LICET RINCONES, titular de la cedula de identidad Nº 11.906.366, JESUS FRANCISCO MAGO MARCANO, titular de la cedula de identidad Nº 19.762.024 y EDGARDO RAFAEL RODRIGUEZ GARCIA, titular de la cedula de identidad Nº 10.294.991.