Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Concede al penado Daniel José Marcano Brito, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.841.311, nacido en fecha 05-10-1979, domiciliado en Calle Principal Barrio 22 de Agosto casa sin numero, San Martín Carúpano Estado Sucre, fue condenado, a cumplir la pena de Quince (15) años y Diez (10) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Calificado y Robo Agravado, previstos y sancionados en los artículo 408 ordinal 1ero. y 460 del Código Penal, en perjuicio de Augusto Ramón Vásquez Martínez, la gracia de Conmutación de Pena por Confinamiento, ...