este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la solicitud del la Defensa Privada del acusado JERSON DAVID PEÑA ESCRIBANO, Venezolano, Natural de Carúpano, de 32 años de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad Número V- 15.344.165, nacido el 20-11-1981, profesor, hijo de Ignacio Peña y Judith Escribano, domiciliado en Calle Las Flores, casa S/N, a 300 mts de la bodega el Progreso, Pantoño, Municipio Ribero del Estado Sucre, a quien el Ministerio Publico le imputa la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 3 en relación con el articulo 10.2, y 10.12 de la Ley contra Extorsión y Secuestro y ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 06 de la Ley Orgánica contra la delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo en perjuicio de FERNANDO LAREZ, por con.....