Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
1) Con Lugar la RATIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA las cuales vencen el 14 de Abril del 2007, de conformidad con lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
2) Con Lugar, la solicitud de dejar sin efecto la boleta de captura N° 2006-493 de fecha 07/04/06.
3) Con Lugar, la solicitud de copias simples presentada por las partes. . Librese boleta de libertad y remítase mediante oficio al Ciudadano Comandarte de Policía de esta ciudad. Librese oficio al CICPC dejando sin efecto la boleta de captura antes identificada. Cúmplase.-