Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño, Niñas, Adolescentes, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Con Lugar el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado Julio Cesar Hernández Luna, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 91.309, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Rossana Del Pilar López Schmidli, Nelly López Schmidli Y Jhon Pérez Bilbao, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad Nros. 13.358.922, 11.833.346 y 5.077.702, respectivamente, contra el auto dictado en fecha 06 de Marzo de 2018, dictado por el JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, el cual se abstuvo de oír el Recurso de .....