Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DECLARA CON LUGAR, la demanda de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (restitución), solicitada por la demandante ciudadana FLOR TERESA FUENTES HERRERA, titular de la cedula de identidad n° 18.210.842, domiciliada en Sabilar, calle El Progreso, casa s/n, Cumana, Estado Sucre, asistida por la Defensora Publica en Materia de Niños, Niñas y Adolescentes a favor de su hijo Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en contra de los ciudadanos DIANORA MERCEDES MARIN CASTILLO y EUSEBIO FUENTES, titulares de las cédulas de identidad N°s: 5.084.309 y 784.340 respectivamente, domiciliados en la calle Mohedano, casa s/n, Cumanacoa, Municipio Montes. Estado Sucre. Los familiares no custodios deben entregar INMEDIATAMENTE su hijo identificado.....