DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes señaladas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR lo solicitado por las partes, y en consecuencia, se acuerda Suspender el proceso a prueba, por el lapso de treinta (30) días, de conformidad con lo previsto en el artículo 566 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la presente causa seguida al adolescente GEORFRANK JOSÉ BARRERA KHAWAIN, venezolano, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 25.319.329, nacido en fecha 10/05/1994, natural de esta Ciudad, de profesión u oficio Estudiante, hijo de Franklin Barrera y Esperanza Khawain, residenciado en La Llanada Sector 4, calle 14, Nº 19, cerca del abasto Merito, Parroquia Altagracia, Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre; teléfonos: 0424-895-92-21; a quien se le inició averiguación por su presunta part.....