Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado Yangey José Molina, venezolano, de 28 años de edad, nacida el 10-03-1978; titular de la cédula de identidad Nº 14.290.385, de profesión u oficio Agricultor, domiciliado en el Caserío Mauraco Abajo, Sector 1, Calle Principal, Casa S/N, al lado de la Bodega San Miguel, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la comisión del delito de Lesiones Personales Menos Graves, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Daisy josefina Velásquez, en virtud de haber operado la Extinción de la Acción Penal por cumplimiento de las obligaciones y del plazo de Suspensión Condicional del.....