En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana AZUCENA MATA GARCIA, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.759, actuando como Apoderada Judicial de los ciudadanos JOSE FRANCISCO RODRIGUEZ ROJAS y FRANCISCO RODRIGUEZ, parte demandada recurrente; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia de fecha 7 de Diciembre de 2016, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre-Extensión Carúpano; TERCERO: No hay condenatoria en Costas, en virtud de la naturaleza del presente fallo; CUARTO: REMITASE la causa en su oportunidad al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del E.....