Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los nombrados cónyuges ciudadanos: MARALBA MILITZA GUEVARA DE LOPEZ y HECTOR LUIS LOPEZ ALCALA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de profesiones abogada y Licdo. En Ciencias Policiales respectivamente, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 7.997.375 y V- 5.908.844 respectivamente, SEPARADOS DE CUERPO, por mutuo consentimiento en la misma forma, términos y condiciones por ellos convenida.- Así se Decide.- Durante el matrimonio no se procrearon hijos.-