Este Tribunal estima conveniente declarar con lugar la solicitud realizada por la Fiscal Superior del Ministerio Público y así se declara.
En virtud de los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Medida de Protección solicitada por el Fiscal Superior del Ministerio Público, a favor de la ciudadana xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx y en consecuencia, ordena que se efectúen recorridos policiales por el domicilio de ésta y visitas domiciliarias permanentes, por parte de funcionarios adscritos al IAPES, específicamente los destacados en el Municipio Sucre por un lapso de seis meses; así como, prohibición de acercamiento al domicilio de la víctima por parte de familiares del acusado. Líbrese oficio a la Fiscalía Superior de este Estado y al Comandante del Insti.....