Por las consideraciones de hecho y fundamentos de derecho expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia y por la autoridad que la confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON FUNADAMENTO A LO PRECEPTUADO EN LOS ARTÍCULO 131 y 151 en su aparte Nro. 2, DE LA LEY ORGANICA PROCESAL DEL TRABAJO, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; incoada por el ciudadano LUIS AUGUSTO DE LA ROSA MARVAL. Representado judicialmente por EDGAR PEREZ MACHINES, y MARCOS RIVAS MEDINA, de este domicilio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 6.999 y 103.236, contra la demandada Sociedad Mercantil " INMADICA C.A".
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS A LA PARTE DEMANDADA, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se condena a la demandada, Sociedad Mercantil "INMADICA C.A"., a cancelar al demandante la canti.....