Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Primero De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Desistido el procedimiento de nulidad en contra del acto administrativo de efectos particulares emanado providencia administrativa Nro. 057-2015 dictada por la Inspectoria del Trabajo de Carúpano, Estado Sucre en fecha 01 de abril del año 2015 en el procedimiento de solicitud de Desmejora seguido en el expediente administrativo Nro. 0414-2014-01-00576.
SEGUNDO: Una vez que se encuentre definitivamente firme la presente decisión se ordena dar por terminado este asunto y remitirlo al archivo judicial.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza jurídica de la parte demandada.
CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley d.....