En virtud de lo precedentemente expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre SANTIAGO MACHADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 12.657.087 debidamente asistido por YVAN SALAZAR, abogado inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 91.756, parte actora en e presente procedimiento y por la parte demandada lo suscribe el ciudadano JORGE RAMOS, Abogado, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 49.223.
SEGUNDO: Se declara TERMINADO el presente procedimiento y se ordena se realicen los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Cir.....