Por todos los razonamientos expuestos, este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la acción de DIVORCIO intentada por la ciudadana MELIDA MARCANO ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.393.494 contra el ciudadano el ciudadano PEDRO JOSÉ RAUSSEO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.936.938; en consecuencia, queda disuelto por divorcio en base al Articulo 185 causales 2ª y 3° del Código Civil. Y ASÍ SE ESTABLECE-